Cómo renovar una marca
De acuerdo al artículo 24 de la Ley 19.039, las marcas tienen una duración de 10 años desde la fecha de su registro y pueden renovarse indefinidamente por períodos de cada 10 años. Si no se realiza la solicitud de renovación dentro del plazo antes indicado, se pierde el derecho a renovar la marca. Si bien la ley no declara desde cuándo puede solicitarse la renovación, INAPI recomienda que las solicitudes de renovación se presenten dentro de los seis meses anteriores al vencimiento del registro.
Presentación de la solicitud
Para presentar una solicitud de renovación, puede hacerse vía presencial o en línea.
Presencialmente, debe presentar el formulario FPI – 57, disponible en https://ion.inapi.cl/Marca/FormulariosImprimibles.aspx, o en las oficinas de INAPI.
Deben seguirse las mismas indicaciones señaladas para las marcas nuevas respecto a los representantes y a las marcas mixtas o etiquetas.
Examen Formal
Ingresada la solicitud de renovación de registro de marca, el INAPI (Conservadora de marcas) realiza un examen formal, pudiendo aceptar u observar la solicitud.
Si la solicitud es aceptada, deberá efectuar el único pago de la manera que se explicará a continuación, dentro del plazo legal de 6 meses.
A partir de 2017, si la solicitud de renovación es aceptada, se mantendrá el número de registro que se renueva.
Por el contrario, si en el examen el Conservador detecta algún error u omisión, apercibirá al interesado para que realice las correcciones o aclaraciones pertinentes, dentro del término de 30 días.
Si no se efectúa la corrección dentro del plazo señalado, se deberá declarar el abandono de la solicitud.
Una observación común que se da para el caso de las renovaciones, es la necesidad de reclasificar la cobertura pedida, de acuerdo a la última versión del clasificador.
Publicación
En las renovaciones no se efectúa publicación.
Pago de Tasa
Para las renovaciones de marcas de productos, servicios y establecimientos industriales se efectúa un único pago, equivalente al doble de la tasa de registro, es decir, 6 UTM por cada clase para la cual haya sido registrada. En el caso de la renovación de los establecimientos comerciales se paga por cada clase de productos y por cada región.
El pago puede realizarse desde la aceptación de la solicitud de renovación hasta los 6 meses posteriores a la fecha de vencimiento del registro, con una sobretasa de 20% por cada mes o fracción de mes contados a partir del primer mes de expiración del plazo establecido en el artículo 24 de esta ley, el cual es de 30 días desde la aceptación.
PLAZO | 30 días | 2° mes | 3° mes | 4° mes | 5° mes | 6° mes |
MONTO | 6 UTM | 7,2 UTM | 8,4 UTM | 9,6 UTM | 10,8 UTM | 12 UTM |
Si la solicitud es presencial: Se debe pedir una orden de pago en las dependencias de INAPI y pagar en cualquier banco de la plaza o en la Tesorería General de la República. No es suficiente pagar, sino que se debe acreditar el pago en las dependencias de INAPI presentando materialmente el comprobante de pago. Las solicitudes en que no se acredite oportunamente el pago de los derechos finales ante INAPI se tendrán por abandonadas y serán archivadas.
Si la solicitud es en línea: La acreditación del pago se produce de forma automática, es decir, no es necesario acudir a las dependencias de INAPI.
La no acreditación del pago de los derechos de renovación producirá la caducidad de la marca y de las frases de propaganda adscritas, de acuerdo al artículo 19 bis A de la Ley 19.039.