Cómo proteger una Patente de Invención?
Para que una invención sea patentable La ley N° 35 del 10 de mayo de 1996 modificada por la ley 61 de 5 de octubre de 2012 sobre Propiedad Industrial exige tres requisitos indispensables que son:
Novedad:
La información referente a la invención o solución técnica presentada no pudo haber estado a disposición del público en ningún lugar del mundo por divulgación oral o escrita antes de la presentación de la solicitud.
Nivel Inventivo:
Significa que la misma no resulta ser evidente u obvia ni derivada de del estado de la técnica para una persona normalmente versada en la materia técnica correspondiente.
Aplicación Industrial:
Se considera susceptible de aplicación industrial, cuando su objeto puede ser producido o utilizado en cualquier tipo de industria o actividad, de manera específica, sustancial y creíble. Para estos efectos, la expresión industria se entiende en su más amplio sentido e incluye, entre otros, la artesanía, agricultura, minería, pesca y los servicios.
Protección otorgada y Vigencia
La protección de una patente se otorga por un periodo de veinte (20) años improrrogables a partir de la fecha de presentación en Panamá. Este plazo puede ser prorrogado, a pedido del titular de una patente de invención por termino establecido por ley de la siguiente manera: 5 años contados desde la fecha de presentación de la solicitud; 3 años contados a partir de la solicitud del examen de fondo en el caso de que el Departamento de Patentes se retrase en el otorgamiento de registro de una patente imputable a la oficina según la ley 61 de 5 de octubre de 2012.
Para mantener la vigencia deberán pagar los quinquenios correspondientes, a fin de mantener el trámite de la solicitud y el derecho de exclusividad sobre la invención.
El primero de estos quinquenios deberá pagarse en el momento de la presentación de la solicitud.
Los demás quinquenios se pagarán cada quinquenio, contado a partir de la fecha de solicitud. El pago podrá realizarse en cualquier momento antes del vencimiento del quinquenio respectivo.
Adicionalmente nuestra legislación dispone de un plazo de gracia de seis (6) meses en favor del solicitante. El pago efectuado en el periodo de los seis (6) meses, sufrirá un recargo de diez balboas (B/10.00) por mes o fracción de mes, hasta su presentación.
La solicitud de registro de una patente se presentará a través de abogado en un formulario que para tal efecto suministrará la DIGERPI.
Debe presentar como requisitos mínimos lo siguiente:
- La identificación del solicitante y su domicilio. Y para los solicitantes con domicilio en el extranjero, la designación de un domicilio en la República de Panamá para efectos de las notificaciones administrativas y judiciales que guarden relación con la patente;
- Un documento que, a primera vista, ofrezca una descripción de la invención;
- Un documento que, a primera vista, contenga una o más reivindicaciones, y
- El comprobante del pago de la tasa y del derecho de presentación establecidos.
Bases de datos de Patentes
Antes de iniciar una solicitud de Patente, así como de cualquier proyecto de innovación o investigación, resulta conveniente realizar una búsqueda de antecedentes en las bases de datos de las diferentes oficinas de Propiedad Industrial alrededor del mundo, para determinar si la invención que se pretende registrar es novedosa.
Materia excluida de Protección por patentes en Panamá
- Los principios teóricos o científicos.
- Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza, aun cuando anteriormente fuese desconocido.
- Los planes y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, juegos o principios económicos o de negocios.
- Los programas de ordenadores per se.
- Las formas de presentación de información.
- Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias.
- Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico, aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales.
- La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezcla de productos conocidos, la variación en su forma, dimensiones o materiales, salvo que realmente se pueda comprobar que cumple los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.